Servicios LegalesVictoria García, abogada especializada en bienes raíces por derecho inmobilario
NUESTRA ABOGADA
Victoria García se socia y abogada de HomeisMálaga. Tiene experiencia de 25 años en el sector inmobiliario, no sólo en el área legal, sino también en el de consultoría, tanto en España como en el Extranjero. Ha asesorado a clientes y empresas dentro y fuera de España en la adquisición y transmisión de inmuebles de uso residencial, comercial e industrial, teniendo amplia experiencia en el sector inmobiliario y urbanístico.
Compromiso con la Excelencia
Victoria García no solo se destaca por su conocimiento legal, sino también por su compromiso con la ética y la transparencia. Su enfoque personalizado garantiza que cada cliente reciba la atención y el soporte necesarios para navegar con éxito el mundo de los bienes raíces.
PROCESO LEGAL DE COMPRAVENTA
En nuestra sección de preguntas frecuentes, encontrarás todo lo necesario para comprender el proceso legal de compraventa de un inmueble así como los gastos e impuestos asociados al mismo.
Básicamente se distingue en 3 fases que comprenden:
1.- Negociación del acuerdo de compraventa atendiendo a las necesidades de las partes implicadas, firma de dicho documento con el pago de parte del precio (normalmente el 10%), y la gestión de la hipoteca del comprador en caso de ser necesaria.
2.- En caso de existir hipoteca, y una vez que se haya obtenido, el comprador firmará un acta de transparencia en la Notaría, en donde certifica haber comprendido la oferta realizada por el banco. Posteriormente, se podrá concertar el día para la firma de escritura pública de compraventa y la de hipoteca en el Notario, momento en el cual se hace el pago final y el comprador se convierte en propietario y deudor hipotecario del Banco. Se produce también la entrega de llaves y toma de posesión de la vivienda.
3.- La fase post compraventa consiste en la gestión del pago de impuestos y gastos, e inscripción del nuevo propietario en el Registro de la Propiedad. Estas gestiones, las puede realizar la abogada en representación de los clientes, o el Banco, en caso de existir una hipoteca.
PECULIARIDADES EN CASO DE INTERVENIR UN NO RESIDENTE EN ESPAÑA
Debido a la ubicación en la que nos encontramos, es muy frecuente que una de las partes que intervienen en el proceso de compraventa, sea un no residente en España.
Las peculiaridades a tener en cuenta en este caso son las siguientes:
Vendedor no residente: el comprador debe tener en cuenta, que aunque el Impuesto sobre el incremento del valor del terreno de los bienes urbanos, la popularmente llamada Plusvalía municipal, cuya obligación de pago es del vendedor, pasa a ser obligación del comprador, cuándo el vendedor es no residente. Pero no se confundan, no es el comprador el que debe pagarla, es el comprador el que debe retener esta cantidad del precio a abonar al vendedor, paraingresarla en su nombre. De no hacerlo, será responsable no sólo de su ingreso, sino también de su pago.
Comprador no residente: el comprador no residente debe obtener un número de identificación fiscal de no residente, N.I.E, en la policía nacional, un número que es obligatorio para todo extranjero que quiera adquirir un inmueble en España.
Debe además abrir una cuenta bancaria en España para que sus fondos salgan de una cuenta aquí, fondos que deben tener un origen justificado, y cuya justificación se basa en la presentación al banco de documentos que prueben que dichos fondos han pagado impuestos en el país de origen.
Un comprador extranjero puede obtener una hipoteca de un Banco español, siempre y cuando justifique que tiene ingresos, aún obteniéndolos en un país distinto a España. La diferencia con respecto a la financiación que obtiene un español, es que el porcentaje de préstamo será inferior.
Normalmente a un español se le concede el 80% del menor de los valores entre el precio de compra y el valor de tasación de la vivienda habitual, y a un no residente se le concede por lo general un 70%.
Nuestra intención es que aclares todas tus dudas antes de ser nuestro cliente e incluso después de haber adquirido una propiedad a través de otra inmobiliaria o por ti mismo.
Somos conscientes de que existen muchas irregularidades y desconocimiento de un proceso que es muy familiar para todos nosotros, pero cuyo aspecto legal, a veces resulta ser más complejo de lo que parece.
Un notario, o un familiar abogado, un amigo que compró o vendió su casa, puede transmitirte cierta información útil, pero nunca será aplicada a tu caso en concreto, que siempre puede acarrear ciertas particularidades.
Además, hay continúas reformas en la ley de las que no todo el mundo está al tanto.
Esperamos también nos cuentes tus experiencias o cualquier información que pueda ser útil en este foro abierto al público.
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